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  1. Si realizaste un pago indebido o en exceso a la Sunat, puedes pedir la devolución de manera online o presencial. Tipos de devolución. Por pago indebido: cuando pagas un impuesto sin tener la obligación de hacerlo.

  2. Devolución de parte: podrás solicitarla inmediatamente después de presentar tu Declaración Anual, mediante el formulario virtual N° 1649 y podrás elegir una de las 3 formas de devolución: depósito en cuenta bancaria, orden de pago o cheque (montos a devolver mayores a 10 UIT´s).

  3. Solicitud de Devolución - Rentas del Capital Segunda Categoría. Una vez presentada la solicitud de devolución, el sistema validará el trámite, generando de manera automática la constancia de presentación de la solicitud, la que se podrá imprimir o archivar de manera virtual.

  4. Registre su información: Ingrese su número de DNI : Dígito de verificación : Ingrese su fecha de nacimiento : Ingrese su código de seguridad (CAPTCHA) : Consultar.

  5. Puedes solicitar la devolución de un pago en exceso que hayas hecho, de 2 formas: 1.- Presentando el Formulario Virtual N° 1649 a través de SUNAT Operaciones en Línea (por Internet), que, entre otros motivos de devolución, permite pedir:

  6. Si tienes la obligación de presentar tu Declaración Jurada Anual y durante ese procedimiento determinas que tienes un saldo a tu favor, se habilitará un enlace para presentar el formulario 1649 que permitirá realizar la solicitud de devolución (llamada también a pedido de parte).

  7. Solicitud de Devolución - Rentas del Capital Segunda Categoría. Una vez presentada la solicitud de devolución, el sistema validará el trámite, generando de manera automática la constancia de presentación de la solicitud, la que se podrá imprimir o archivar de manera virtual.

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