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  1. REGÍMENES TRIBUTARIAS DE TERCERA CATEGORÍA. Factura, boleta de venta y los demás permitidos. Renta: Pago a cuenta mensual. El que resulta mayor de aplicar a los ingresos netos del mes un coeficiente o el 1.5%2. IGV: 18% (incluye el Impuesto de Promoción Municipal).

  2. general y desarrolla actividades desde el año 2015 y se encuentra acogida de oficio al Régimen MYPE Tributario (Informe 056-2017-SUNAT/5D0000). Para efectos de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría del ejercicio gravable 2021 presenta la siguiente información:

  3. El Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) es un régimen tributario dirigido a las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas, domiciliadas en el país, que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de las siguientes actividades:

  4. Dirigido a pequeñas y microempresas que generen rentas de tercera categoría y cuyos ingresos no superen los 1700 UIT al año. Las ventajas del régimen son: tu impuesto va acorde a tus ganancias, puedes emitir cualquier comprobante de pago, puedes realizar cualquier tipo de actividad económica, llevas registro de compras y ventas y el libro ...