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  1. ACCIÓN DE COLACIÓN. La procesal que se ofrece para obtener la colación de bienes en una sucesión o las rectificaciones pertinentes o pretendidas en la materia. (Manuel Ossorio, Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales).-

  2. 25 de oct. de 2023 · Sumilla: “Este Supremo Tribunal en reiterada y uniforme jurisprudencia ha establecido que la división y partición es aquel acto jurídico mediante el cual concluye el estado de condominio y por medio del cual cada condómino recibe una parte material del bien, en proporción a la cuota que tiene en la copropiedad o en su defecto, su equivalente en ...

  3. 23 de oct. de 2020 · La dispensa de colación es aquel acto expreso (por escritura pública o por testamento) practicado por el causante a través del cual libera u exonera a uno de los herederos forzosos del deber u obligación de colacionar en tanto y cuanto con ese acto no exceda su cuota de libre disposición.

  4. Acción de colación o de compensación por adelanto de herencia. El art. 831 del Código Civil Peruano establece que las donaciones u otras liberalidades que por cualquier título hayan recIbido del causante sus herederos forzosos, se considerarán como anticipo de herencia, para el efecto de colacionarse, salvo dispensa de aquél.

  5. 19 de ago. de 2009 · inicia demanda de colaciÓn Señor Juez: ........................, por mi derecho, con domicilio real en ................. y constituyendo el legal juntamente con el letrado que me patrocina, el doctor ......................, en ................

  6. adelante, las normas reguladoras de la acción de colación o de complemento, como también se les denomina, tienen por objeto, procurar la nivelación de los haberes hereditarios de los herederos forzosos cuando a alguien se le ha dado donaciones como anticipo de legítima, pudiendo el donatario dispensar de colación al beneficiado, y es por ...

  7. 11 de may. de 2018 · La institución de la colación, caracterizable como aquella agregación de bienes que deben ser devueltos o traídos a la masa hereditaria previamente a efectuarse su partición, goza de una larga tradición en nuestro ordenamiento jurídico; tanto en el Derecho común como en los distintos Derechos forales.