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  1. 5 de jun. de 2021 · 1. Concepto. De acuerdo al inciso 7 del artículo 2 de la Constitución toda persona tiene derecho a la intimidad personal y familiar. El derecho a la intimidad protege la esfera privada de la persona en su dimensión de sujeto individual y con su entorno familiar.

  2. La Defensoría del Pueblo supervisará si han cumplido o no con este deber. La responsabilidad del Estado, con la protección de este derecho, exige a todas las entidades públicas a establecer mecanismos o protocolos que aseguren la no difusión de imágenes u audios que afecten la intimidad personal.

  3. El artículo 2, inciso siete de la Constitución del Perú, establece que toda persona tiene derecho a la intimidad. Es decir, que los ciudadanos tienen protección a nivel legal de su vida privada, familiar y el secreto de sus comunicaciones.

  4. Derecho a la protección a la honra, la reputación personal y la vida privada y familiar (Artículo V) Derecho a la constitución y a la protección de la familia (Artículo VI) Derecho de protección a la maternidad y a la infancia (Artículo VII) Derecho de residencia y tránsito (Artículo VIII) Derecho a la inviolabilidad del domicilio (Artículo IX)

  5. “1. Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia. 2. No podrá haber injerencia de la autoridad pública en el ejercicio de este derecho sino en tanto en cuanto esta injerencia esté prevista por la ley y constituya una medida que, en una sociedad

  6. las filtraciones de imágenes que agravian la intimidad personal y familiar. En tal caso, las entidades públicas comprometidas están obligadas a tomar acciones de oficio, sin esperar a que se formule denuncia de parte. La Defensoría del Pueblo supervisará si han cumplido o no con este deber.

  7. Mientras que el sistema europeo prevé en su art. 8.1. de la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH) un derecho de toda persona al respeto de su vida privada y familiar, derecho que originariamente se formuló como deber de abstención de injerencia arbitraria por parte del Estado en la vida privada, que es el marco conceptual del artículo 8 ...