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  1. La provincia de La Rioja es un estado autónomo, que integra la República Argentina según las reglas del régimen federal establecido por la Constitución vigente desde 1853, reteniendo todas las facultades no delegadas expresamente en el Estado nacional.

  2. La Rioja como las demás provincias, fue parte de este proceso de articulación de las normas aplicables en el plano de la institucionalidad provincial y su administración, hasta la declaración definitiva de su autonomía el 01/03/1820, que de manera invariable le daba impulso y continuidad a la naciente organización del país.

  3. Cada provincia dicta su propia Constitución, conforme a lo dispuesto por el Art. 5 asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero.

  4. Provincia de La Rioja, mapa político y organización política............martin alberto belaustegui Órganos de gobierno: Según la Constitución de la Provincia de LA RIOJA

  5. La política agraria tenderá al establecimiento de unidades de producción económica racionali-zadas, teniendo en cuenta las particularidades regionales de la provincia, al perfeccionamiento de los títulos de los inmuebles rurales, a la radicación del trabajador y de capitales, a la orga-nización de productores, la promoción del acceso a ...

  6. PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN POLÍTICA. ARTÍCULO 1°.- SOBERANÍA POPULAR. El poder emana y pertenece exclusivamen-te al pueblo de la provincia, quien lo ejerce por medio de sus legítimos representantes y por las otras formas de participación democrática establecidas en esta constitución.- ARTÍCULO 2°.- FORMA DE GOBIERNO.

  7. De esta manera el contenido de las normas constitucionales, disponen los caracteres de la organización del país, en cuanto a la forma de gobierno y la forma de Estado, que las provincias no solo acuerdan sino que adoptan en la organización institucional constituida en cada jurisdicción provincial.