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Si eres una persona natural con negocio o representas a una persona jurídica que genera rentas de tercera categoría por la actividad que desarrolla, puedes consultar si estás obligado a emitir tus comprobantes de pago de forma electrónica en la plataforma digital de la Sunat.
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Nota: Adicionalmente verificar los Supuestos no considerados...
- Obligados emitir CPE
Si en el año 2020 un contribuyente deja de ser NRUS, debe...
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Si en el año 2020 un contribuyente deja de ser NRUS, debe emitir tus comprobantes de manera electrónica, de acuerdo con las siguientes fechas: 1 de setiembre del año 2021 para la emisión de facturas electrónicas y notas electrónicas vinculadas a estas.
Nota: Adicionalmente verificar los Supuestos no considerados en el Padrón de Obligados dar clic aquí. La obligación no surte efecto en caso el contribuyente se encontrara de baja a la fecha de entrada en vigencia de la norma que lo obligó.
Si tus ingresos anuales son mayores o iguales a 23 UIT o S/ 118,450.00 y menores a 75 UIT o S/ 386,250.00 , debes emitir tus facturas y notas electrónicas desde el 1 de enero de 2022, así como tus boletas de venta electrónica, ticket POS y notas electrónicas a partir del 1 de abril de 2022.
Los contribuyentes acogidos al Nuevo Régimen Único Simplificado - NRUS, no se encuentran obligados a emitir sus comprobantes de pago de forma electrónica, cabe precisar que este grupo de personas tienen la posibilidad de incorporarse voluntariamente a este formato digital.
¿Cómo saber si estoy obligado a emitir factura electrónica? Están obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos los contribuyentes, personas naturales o personas jurídicas que han sido designados como emisores electrónicos mediante la Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT.
Designa nuevos obligados a emitir factura, boleta de venta y notas de crédito y débito a través del sistema de emisión electrónica y amplían plazos para la vigencia de obligaciones vinculadas a dicho sistema o las suspenden.