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  1. Los integrantes de la unión de hecho que cumplan con los requisitos que establece el artículo 326 del Código Civil pueden acudir ante el notario para que este extienda una escritura pública, la cual posteriormente será inscrita en el Registro de Personas Naturales de Sunarp.

  2. Una solicitud de unión de hecho es un documento legal que se presenta ante las autoridades competentes para formalizar y reconocer la relación de convivencia entre dos personas sin estar casadas legalmente.

  3. Solicitud Reconocimiento de Unión de Hecho dirigida a la Notaría suscrita por ambos convivientes y autorizada por abogado colegiado. Copia simples de los documentos de identidad de ambos convivientes.

  4. Reconocimiento de Unión de Hecho. Requisitos. Original y copia de documento de identidad de los solicitantes. Declaración jurada de ambos solicitantes que se encuentren libres de impedimento matrimonial. Declaración jurada de 02 testigos indicando que los solicitantes conviven por más de dos años continuos o más.

  5. El artículo 46 de la Ley 26662, Ley de competencia notarial en asuntos no contenciosos, establece los requisitos para solicitar el reconocimiento de una unión de hecho ante una notaría. A continuación, indicamos cuáles son esos requisitos:

  6. Cuando ambos convivientes están de acuerdo en registrarla, el primer paso para formalizar una unión de hecho es acudir a un notario público. Aquí se tramita la unión de acuerdo a los siguientes requisitos:

  7. www.notariapaino.com.pe › servicios-notariales › asuntos-no-contenciososUnión de Hecho - Notaria Paino

    - Reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años, consignando la fecha exacta a partir de la cual conviven, sin que haya existido impedimento matrimonial para dicho efecto. - Declaración expresa de no tener impedimento matrimonial u otro conviviente.