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  1. 26 de oct. de 2021 · La invalidez absoluta permanente extingue de pleno derecho y de manera automática la relación laboral, siempre y cuando esta haya sido declarada ya sea por EsSalud, el Ministerio de Salud o una junta de médicos del Colegio Médico del Perú (art. 20 LPCL).

  2. El fallecimiento del empleador extingue la relación laboral si aquel es persona natural. Sin perjuicio de que, por común acuerdo con los herederos, el trabajador convenga en permanecer por un breve lapso para efectos de la liquidación del negocio. El plazo convenido no podrá exceder de un año, deberá constar por escrito y será presentado ...

  3. En Perú, la extinción del contrato de trabajo puede darse por distintos motivos, entre ellos, la renuncia voluntaria del trabajador, la terminación del contrato por común acuerdo o la desvinculación por causas justificadas.

  4. A la fecha rige un criterio jurisprudencial conforme al cual el plazo de prescripción laboral es de cuatro años, contados, invariablemente, desde la fecha de extinción de la relación laboral (art. 1 ley 27321, publicada el 23 de julio de 2000).

  5. extinción del contrato de trabajo. •No existe un procedimiento legal para su aplicación. Sí existe en el sector público (posible extensión de derecho de defensa al sector privado). •Ello no implica que se puedan imponer arbitrariamente, puesto que toda sanción debe respetar los principios y derechos fundamentales del trabajador.

  6. 28 de may. de 2021 · El trabajador se encuentra en la imposibilidad o incapacidad definitiva de realizar cualquier trabajo, extinguiéndose la relación laboral desde que es declarada por ESSALUD, el Ministerio de Salud o la Junta de médicos designada por el colegio médico del Perú a solicitud del empleador.

  7. 21 de oct. de 2021 · Justamente, con fecha 11 de setiembre de 2002, el TC expide la sentencia recaída en el caso de la Federación de Trabajadores de Telefónica del Perú (FETRATEL), expediente 1124-2001-AA/TC, en el que determinó la incompatibilidad del despido incausado seguido del pago de la indemnización respectiva.