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  1. 30 de abr. de 2019 · SUMILLA: Corresponde que la Administración Tributaria inicie el procedimiento de duda razonable, cuando se encuentre en discusión el precio realmente pagado o por pagar de la mercancía importada; ello, a efecto de determinar si la aludida mercancía se encontraba sujeto a descuentos, por lo que basta el cuestionamiento por parte ...

    • Aduanas

      Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de...

  2. 1.Cuando, en el procedimiento de duda razonable en el control concurrente o en el control posterior, la SUNAT considere que existen indicios razonables del carácter falso o fraudulento de los documentos aportados como sustento del valor declarado o posea indicios razonables de la comisión de delito aduanero, el valor de las mercancías para ...

  3. 17 de feb. de 2021 · Sólo debe existir un procedimiento de duda razonable para la determinación del valor en aduana respecto de una importación. Para iniciar un segundo procedimiento de duda razonable la administración debe dejar sin efecto el primero o concluir su trámite.

  4. encuentran los nuevos parámetros para el cómputo del plazo de la duda razonable, las situaciones que justifican su prórroga y la definición de indicador de precios; Que, por otro lado, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declaró la

  5. Una Duda Razonable es el acto a través del cual la Aduana comunica al importador que duda que éste haya declarado el valor en aduanas cumpliendo las reglas de valoración adecuadamente, requiriendo la información y documentación que sea necesaria para verificar que se han cumplido adecuadamente con las reglas de valoración.

  6. 2 de jul. de 2021 · La duda razonable constituye uno de los pilares sobre los cuales descansa el proceso penal en un Estado constitucional de derecho y, aun cuando dicho principio no se basa directamente en el artículo 139, inciso 11, de la Constitución Política del Estado, pues este únicamente consagra al instituto de la duda, desde un punto de ...

  7. Resumen. Una Duda Razonable es el acto a través del cual la Aduana comunica al importador que duda que éste haya declarado el valor en aduanas cumpliendo las reglas de valoración adecuadamente, requiriendo la información y documentación que sea necesaria para verificar que se han cumplido adecuadamente con las reglas de valoración.