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  1. El código Civil Federal nos menciona que el usufructo es el derecho real y temporal de disfrutar de los bienes ajenos. Estipulado en el titulo quinto Del Usufructo, del Uso y de la Habitación; desde el articulo 980 al 1048.

  2. 20 de oct. de 2021 · Los derechos de uso y habitación se constituyen sobre bien ajeno. El usuario solo tiene el derecho de usar y servirse del bien (art. 1026 del CC) y cuando recae sobre una casa o parte de ella se llama derecho de habitación (art. 1027 del CC ).

  3. 13 de ago. de 2021 · El derecho real es de «servidumbre» y no de «servidumbres» como expresa en el Código, así como los otros derechos reales, por ejemplo, son de propiedad, copropiedad, usufructo y no derecho de propiedades, copropiedades, usufructos. Se denomina derecho real de servidumbre o servidumbre predial.

  4. 20 de ago. de 2020 · Definimos al usufructo como aquel derecho de carácter temporal sobre cosa ajena conferido a una parte denominada usufructuaria, para que use y disfrute de un bien perteneciente a otro, el propietario, sin alterar su sustancia y con la obligación de restitución al término del contrato.

  5. 2 de jul. de 2021 · Las servidumbres personales eran derechos que facultaban a una persona para obtener alguna utilidad de una cosa ajena. Eran inherentes a la persona, por lo que se extinguían con ellas, y podían recaer tanto sobre cosas muebles como inmuebles. El usufructo, uso y habitación constituían servidumbres personales.

  6. El art. 769 lo define: “El derecho de usufructo es (i) un derecho real que consiste en la (ii) facultad de gozar de (iii) una cosa con cargo de (iv) conservar su forma y sustancia, y (v) de restituirla a su dueño”. (separaciones nuestras).

  7. www.franciscomarinopardo.es › 244-tema-47-el-derecho-real-de-servidumbreTema 47. El derecho real de servidumbre.

    18 de mar. de 2024 · Servidumbres personales: Si en el derecho romano la categoría de las servidumbres personales comprendía los derechos de usufructo, uso y habitación y superficie, en la actualidad estos derechos han alcanzado categoría sustantiva propia, conservándose sin embargo la figura de las servidumbres personales, pues según el artículo ...