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  1. Heredero putativo. El que solo lo es en apariencia, la cual puede depender tanto de atribuirse esa calidad, cuanto por alguna otra circunstancia que no afecte la buena fe del título heredero aparente.

  2. 23 de nov. de 2022 · Pero el heredero putativo, en caso del inciso final del artículo 766, podrá oponer a esta acción la prescripción de cinco (5) años, contados como para la adquisición del dominio.» Si el heredero no ejerce la acción de petición dentro de ese término, tal derecho prescribe.

  3. Un heredero putativo es aquel que en realidad y frente al derecho no es heredero, por lo que también se conoce como heredero aparente. El plazo o tiempo que dura el proceso de sucesión o partición de herencia depende de si se realiza ante notario público o ante un juez.

  4. 30 de dic. de 2019 · La Corte Suprema resuelve si un verdadero heredero puede invocar la prescripción adquisitiva ordinaria si obtiene posesión efectiva de la herencia. El artículo analiza el concepto de heredero putativo y su relación con el art. 704 del Código Civil.

  5. La prescripción de la herencia está regulada en el artículo 2512 Nº 1, que señala que se aplica la prescripción extraordinaria de diez años, pero luego el artículo 704 en su inciso final dispone que al heredero putativo a quien por decreto judicial o resolución administrativa se haya otorgado la posesión efectiva, le servirá de justo ...

  6. escuelajudicialpj.poder-judicial.go.cr › Archivos › documentosEL HEREDERO APARENTE

    1 El heredero putativo es el heredero aparente con título, en otras palabras el possessor pro herede. Tiene un significado más restringido que el de heredero aparente, dentro del cual, además, incluimos al poseedor de bien hereditario que resiste la pretensión del heredero cuestionando el título de éste.

  7. En el proceso de petición de herencia el demandado es una persona que ostenta la calidad de heredero (“declarado”), pero mediante esta acción se le cuestiona la preferencia del título con el cual posee esa calidad. Por ello, recibe el nombre de heredero putativo, y es a él a quien le corresponde la legitimación procesal pasiva.