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  1. PAGO. Debido a que la finalidad principal de la obligación tributaria es su cancelación, el pago corresponde al método más sencillo y directo para la extinción de cualquier deuda considerando siempre la forma y plazos correspondientes. El pago, entonces, puede definirse como la consumación de la prestación.

  2. El Código Tributario establece que la obligación tributaria se extingue por los siguientes medios: Pago. Compensación. Condonación. Consolidación. Resolución de la Administración Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa. Otros que se establezcan por leyes especiales.

  3. La extinción de la obligación tributaria en trámites en Perú conlleva una serie de beneficios significativos tanto para los contribuyentes como para el sistema tributario en general. Al lograr la extinción de la obligación tributaria, se eliminan de forma definitiva las deudas fiscales, lo que brinda tranquilidad y seguridad a los ...

  4. La obligación tributaria nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley, como generador de dicha obligación. Artículo 3º.- EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA La obligación tributaria es exigible: 1. Cuando deba ser determinada por el deudor tributario, desde el día siguiente al vencimiento del plazo fijado por Ley o reglamento ...

  5. En Perú, la extinción de la obligación tributaria conlleva aspectos legales y jurídicos que deben ser considerados por los contribuyentes. La normativa peruana contempla diversas formas de extinción de la obligación tributaria, cada una con sus propias implicancias legales.

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