Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. El documento se orienta sobre todo a las autoridades estatales y las organizaciones no gubernamentales de ámbito nacional e internacional, el personal de las Naciones Unidas, los principales agentes del sector privado y a los mismos defensores de derechos humanos.

    • English

      Special Rapporteur on the situation of human rights...

  2. Reconoce el papel clave de los defensores de los derechos humanos en la realización de los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los tratados jurídicamente vinculantes y en el sistema internacional de derechos humanos.

  3. Declaración de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos. Principios Básicos relativos a la independencia de la Judicatura.

  4. Esta guía esencial, titulada Comentario a la Declaración sobre los defensores de los derechos humanos, tiene por objetivo apoyar los esfuerzos de sensibilización con respecto a la Declaración y a la función crucial que desempeñan los activistas de derechos humanos.

  5. La Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos reconoce el derecho a promover y proteger pacíficamente los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos en sus artículos 1, 5 y 13.

  6. El relator especial de la ONU sobre la situación de los defensores de derechos humanos, Michel Forst1, realizó una visita oficial al Perú del 21 de enero al 3 de febrero de 2020, por invitación del Gobierno. El principal objetivo de su visita era evaluar la situación de los defensores de derechos humanos en el país.

  7. Relator sobre Defensoras y Defensores de Derechos Humanos. El Comisionado Caballero Ochoa fue electo en la reunión del Consejo Permanente de la OEA del 5 de septiembre de 2023, con un mandato que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025.