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  1. 31 de mar. de 2021 · (3) A partir del 01.01.2024, las Tasa de Interés Moratorio (TIM) no es de aplicación a las multas, sino la tasa de interés legal a que se refiere el artículo 1244 del Código Civil, conforme lo indica el art. 2 de la Ley 31962.

  2. Es una herramienta que te ayuda a conocer los intereses moratorios generados por pagar tus tributos, después de su vencimiento. Para utilizarla debes ingresar los siguientes datos: Elegir si es una deuda por declaración jurada (IGV, Essalud, ONP, Retención de 5ta Cat., RER, RUS, renta de 3ra Cat.) o deuda por valor (Orden de Pago ...

  3. A partir del 01 de abril de 2021 la Tasa de Interés Moratorio – TIM para las deudas tributarias en moneda nacional se aplicará el 0.9% mensual. Por lo tanto, la Tasa de Interés Moratoria Diaria equivale a 0.03% para el pago de los impuestos fuera de plazos administrados por la Sunat.

  4. e-consulta.sunat.gob.pe › cl-at-itcalculibre › actdeuS01AliasActualización de la Deuda - SUNAT

    Actualización de la Deuda. IMPORTANTE: - Para el siguiente cálculo no se considera el cronograma de vencimiento especial de los Buenos Contribuyentes. - Para el tributo Renta de 3ra. Categoria, el cálculo del pago es a cuenta mensual.

  5. Según lo dispuesto por la SUNAT, el cálculo del interés moratorio se basa en la tasa de interés moratorio vigente, la cual se actualiza mensualmente. Para efectuar el cálculo, se toma en cuenta el monto adeudado y el periodo en el que se ha incurrido en mora, siguiendo la fórmula establecida por la institución.

  6. Calcula los intereses moratorios desde una fecha de inicio a una fecha fin, sin capitalizarlos, calculando de acuerdo a los pagos que considere.

  7. Para calcular el interés moratorio, es necesario conocer la fecha de vencimiento de la deuda y la fecha de pago efectivo. Con estos datos, se puede aplicar la fórmula establecida por la Sunat para determinar el monto que se deberá abonar por concepto de intereses moratorios.