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  1. 16 de may. de 2024 · Dirección Av. Tecnológico S/N Km. 4.5 C.P. 97118, Mérida Yuc. Contacto Teléfono: (999) 964-50-00 Correo quejasysugerencias@merida.tecnm.mx

  2. 15 de may. de 2024 · Empleos 2024 MIEMBROS DE LAS FF.AA Y PNP para trabajar en el Estado, sector público. Convocatorias de prácticas y oportunidades laborales para MIEMBROS DE LAS FF.AA Y PNP del Estado/Gobierno Peruano. Hay plazas para Lima y provincias. Bolsa de trabajo. Ofertas laborales.

  3. 11 de may. de 2024 · Art. 226 Bis el 9 de julio de 2003 Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas Artículo 226 Bis Lista de padecimientos que por producir trastornos funcionales de menos del 20% ameritan cambio de A de la Federación. ... Responder en la página Ley Federal del Trabajo Federal Artículo 59.

  4. 5 de may. de 2024 · Art. 56 el 9 de julio de 2003 Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas Artículo 56 Cuando los familiares del militar fallecido no acudieren a atender la inhumación, ... Responder en la página Ley Federal del Trabajo Federal Artículo 59.

  5. 11 de may. de 2024 · Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas Federal Artículo 226. Para la determinación de las categorías y grados de accidentes o enfermedades que den origen a retiro por incapacidad se aplicarán las siguientes tablas: Primera Categoría 1. La pérdida anatómica o funcional, total e irreparable, de ambos globos oculares.

  6. 5 de may. de 2024 · Art. 94 el 9 de julio de 2003 Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas Artículo 94 El derecho del militar a reclamar el seguro colectivo de retiro o la devolución de aportaciones pres de la Federación. ... Responder en la página Ley Federal del Trabajo Federal Artículo 59.

  7. 5 de may. de 2024 · Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas Federal Artículo 159. La dependencia económica deberá ser probada con información testimonial, rendida bajo protesta de decir verdad, ante las Secretarías de la Defensa Nacional o de Marina, las cuales podrán completar la prueba, mandando practicar la investigación oficial del hecho.