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  1. Como señala Videla Escalada, la Convención de París de 1919 fue la primera reglamentación orgánica de los principios, problemas e instituciones básicas del tema y se anticipó a toda ordenación más o menos racional y completa de cualquier país. BIBLIOGRAFÍA. Convención de París de 1919.

  2. firmó en París el convenio para la reglamenta - ción de la navegación aérea internacional, que en virtud de haber sido ratificado por la mayoría de los Estados constituyó, hasta la entrada en vigor del Convenio de Chicago de 1944, la carta magna de la aviación civil internacional. (4) La Convención para la Reglamentación de la

  3. El Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (conocido como Convenio de París o Convención de París ), firmado en 1883 y entrado en vigor el 7 de julio de 1884, es un tratado internacional aplicable a la propiedad industrial en su más amplia acepción, pues incluye inventos, marcas, diseños industriales, modelos de ...

  4. Convenio de paris. CONVENIO DE PARÍS DE 1919 - ley 12.152 CONVENCIÓN PARA LA REGLAMENTACIÓN DE LA NAVEGACIÓN AÉREA INTERNACIONAL Capítulo I Principios generales 1°. Las Altas Partes contratantes reconocen que toda potencia tiene la soberanía completa y exclusiva sobre el espacio atmosférico de encima de su territorio.

  5. CONVENIO DE PARÍS DE 1919 - LEY 12. CONVENCIÓN PARA LA REGLAMENTACIÓN DE LA NAVEGACIÓN AÉREA INTERNACIONAL. Capítulo I Principios generales. 1°. Las Altas Partes contratantes reconocen que toda potencia tiene la soberanía completa y exclusiva sobre el espacio atmosférico de encima de su territorio.

  6. CONVENIO DE PARIS PARA LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL del 20 de marzo de 1883, revisado en Bruselas el 14 de diciembre de 1900, en Washington el 2 de junio de 1911, en La Haya el 6 de noviembre de 1925, en Londres el 2 de junio de 1934, en Lisboa el 31 de octubre de 1958, en Estocolmo el 14 de julio de 1967

  7. Artículo 1. 1. A los efectos del presente Convenio, se consideran empresas industriales, principalmente: (a) las minas, canteras e industrias extractivas de cualquier clase; (b) las industrias en las cuales se manufacturen, modifiquen, limpien, reparen, adornen, terminen o preparen productos para la venta, o en las cuales las materias sufran una transformación, comprendidas la construcción ...