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  1. N.° 1776-2004-AA/TC. LIMA. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. La solicitud de aclaración de la sentencia de autos, de fecha 14 de febrero de 2007, presentada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), representada por don Carlos Cueva Morales; y, 1.

  2. www.tc.gob.pe › jurisprudencia › 20071776-2004-AAlTC,

    En la sentencia recaída en el Expediente N.o 1776-2004-AAlTC, este Colegiado ha sentado jurisprudencia sobre la posibilidad de retorno de los pensionistas del SPP al SNP.

  3. tc.gob.pe › jurisprudencia › 2007TC | Portal Web

    01776-2004-AA.pdf

  4. 6 de dic. de 2020 · En virtud del artículo 51° de la Constitución, el Tribunal Constitucional debe dejar establecido, respecto a la sentencia 1776-2004-AA/TC, la forma como ésta deberá ser acatada tanto por la SBS como por las propias AFPs.

  5. Sobre el particular, este Colegiado ha sostenido, en la sentencia del Expediente 858-2003-AA/TC, que el artículo 65 de la Constitución consagra, al mismo tiempo, un derecho subjetivo y un régimen objetivo o principio rector de la actuación del Estado respecto de toda actividad económica.

  6. STC #1776-2004-AA/TC, Lima | PDF | Caso de ley | Pensión. "La utilización de la prueba dinámica Se ha señalado prima face que la carga de probar corresponde a quien afirma hechos que configuran su pretensión, o a quien los contradice alegando nuevos hech... by erick_llanos_13 in Orphan Interests > Government.

  7. 23 de ene. de 2019 · El Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo, con fecha 8 de abril de 2013, declaró improcedente la demanda, por considerar que lo que el actor pretende es el reconocimiento de un mayor número de aportaciones, por lo que la controversia debe dilucidada en la vía ordinaria.