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  1. Para las Personas Naturales Sin Negocio y para las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley N° 31940: Para el caso de personas naturales sin negocio el Form. 709 estará disponible desde el 13 de mayo 2024 .

  2. Si tu negocio comienza a crecer y en este año 2023 superas las 1700 UIT o S/ 8,755,000.00 de ingresos netos anuales, deberás cambiar al régimen general. Puedes hacerlo en cualquier momento del año.

  3. Se pide calcular el impuesto a la renta correspondiente y el pago a regularizar. El total impuesto calculado es de S/ 12,790.00 menos S/ 250.00 de pagos a cuenta, el importe a regularizar es de S/ 12,540.00

  4. 5.1 CAMBIAR DE RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO AL RÉGIMEN GENERAL. El cambio lo puede hacer en cualquier mes del año, presentando la declaración mensual a través del Formulario Virtual N° 621 – “IGV – Renta Mensual” (marcar la opción de régimen general en dicho formulario), por medio de la Clave SOL.

  5. Están obligados a presentar su declaración, quienes en el 2023 obtuvieron rentas o pérdidas de Tercera Categoría, afectos al Régimen General y/o al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta.

  6. Aquí encontrarás los cronogramas de vencimiento para la declaración y pago del Impuesto a la Renta e ITF correspondiente al Ejercicio 2023, aprobado mediante la Resolución de Superintendencia 269-2023/SUNAT.

  7. 27 de may. de 2024 · Los cronogramas de vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada anual y pago del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras correspondiente al ejercicio gravable 2023 son: a) Las personas naturales y las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) del Régimen General del Impuesto a la Renta y del Régimen ...

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