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  1. Bajo el concepto antes señalado los regímenes laborales especiales serían todos aquéllos que cuentan con normas propias y especiales, en ese sen­ tido quedarían incluidas aquellas relaciones de trabajo que se encuentran reguladas con carácter de especiales en la LFf de 1970 (contempladas

  2. La Constitución de 1979 abordó en dos Capítulos distintos la regulación del trabajo subordinado, aplicable al régimen laboral privado, y los derechos y deberes de los servidores y funcionarios públicos sujetos a una relación estatutaria –regida por normas de Derecho Público–.

  3. Las relaciones laborales especiales Sumario Antonio Ojeda Avilés Universidad de Sevilla, España Para los especialistas peruanos puede ser de interés la evolución existente en algunos países, entre los cuales se encuentra España, desde el núcleo originario de la

  4. Las líneas básicas de cada una de las relaciones laborales especiales regula- das por su normativa específica, por el Estatuto de los trabajadores y, en su caso, por los acuerdos entre los sujetos contratantes.

  5. En España existe una norma que unifica el régimen laboral común y legitima la existencia de relaciones laborales de carácter especial: se trata del Estatuto de los Trabajadores (ET).

  6. En los siguientes apartados, se detallan las principales características de cada una de las relaciones laborales especiales existentes: 1. Relación laboral especial del personal de alta dirección.

  7. Compendio de Normas Legales de Regímenes Laborales Especiales - Informes y publicaciones - Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - Plataforma del Estado Peruano.