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  1. Si durante el año 2021 generaste ingresos o pérdidas bajo un régimen de rentas de tercera categoría y cumples alguno de los siguientes supuestos, estás obligado a presentar la Declaración Jurada Anual 2021: Perteneces al Régimen General de Renta o al Régimen MYPE Tributario.

  2. 27 de may. de 2024 · Si eres trabajador independiente (cuarta categoría) o estás en planilla (quinta categoría) y el año 2023 generaste ingresos por rentas de trabajo, debes presentar la declaración jurada anual 2023 del impuesto a la renta.

  3. Para efectos de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría del ejercicio gravable 2021 presenta la siguiente información: El Estado de Situación Financiera (*) a valores históricos al 31.12.2021 (Ver Anexo N° 1), refleja una utilidad antes de Participación de Utilidades e Impuesto a la Renta de S/ 863,471.