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  1. 26 de mar. de 2023 · 1. Constituyen circunstancias de atenuación, siempre que no estén previstas específicamente para sancionar el delito y no sean elementos constitutivos del hecho punible, las siguientes: a) La carencia de antecedentes penales; b) El obrar por móviles nobles o altruistas; c) El obrar en estado de emoción o de temor excusables;

  2. Artículo 46º. Circunstancias de atenuación y agravación. 1. Constituyen circunstancias de atenuación, siempre que no estén previstas específicamente para sancionar el delito y no sean elementos constitutivos del hecho punible, las siguientes: a) La carencia de antecedentes penales; b) El obrar por móviles nobles o altruistas;

  3. Artículo 46. Circunstancias de atenuación y agravación. 1. Constituyen circunstancias de atenuación, siempre que no estén previstas específicamente para sancionar el delito y no sean elementos constitutivos del hecho punible, las siguientes: a) La carencia de antecedentes penales; b) El obrar por móviles nobles o altruistas;

  4. img.lpderecho.pe › wp-content › uploadsCÓDIGO PENAL

    Proyecto de Nuevo CODIGO PENAL aprobado por ella, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley Nº 25280; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: Artículo 1.- Promúlgase el CODIGO PENAL, aprobado por la Comisión Revisora constituida por

  5. En el primer inciso del artículo 46 del Código Penal se incluyen ocho circunstancias atenuantes. Pasaremos ahora a examinar sus características y presupuestos. a) La carencia de antecedentes penales. El Código Penal español (Cfr. artículo 21), a diferencia del colombiano (Cfr. artículo 55), no regula una atenuante genérica similar.

  6. 26 de abr. de 2023 · 26 abril, 2023. 4544. Artículo 46-B.- Reincidencia* **. El que, después de haber cumplido en todo o en parte una pena, incurre en nuevo delito doloso en un lapso que no excede de cinco años tiene la condición de reincidente. Tiene igual condición quien después de haber sido condenado por falta dolosa, incurre en nueva falta o ...

  7. 0. Código Penal peruano (actualizado 2023) El Código Penal peruano fue aprobado mediante el Decreto Legislativo 635 y publicado en el diario oficial El Peruano el 8 de abril de 1991. La versión que presentamos está actualizada al 30 de junio de 2023. TÍTULO PRELIMINAR: Principios Generales. Artículo III. Artículo IV. Artículo VIII. Artículo IX.

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