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  1. 26 de abr. de 2021 · En materia de parentesco, nuestro Código Civil admite dos tipos: el consanguíneo y el parentesco por afinidad. También la adopción de los hijos o hijas, que es un símil de la relación familiar consanguínea, como resulta obvio, produce parentesco.

  2. Derecho Civil. El parentesco es el vínculo biológico, emocional, social y legal que se genera entre los miembros de una familia. Por lo tanto, se trata de las relaciones de familia que existen entre las personas debido a su ascendencia, descendencia, matrimonio u otras conexiones.

  3. El parentesco civil se define como el conjunto de relaciones jurídicas y sociales que se establecen entre las personas, basadas en lazos de parentesco, matrimonio, adopción o equivalentes.

  4. En sentido estricto, el parentesco implica la idea de consanguinidad o comunidad de sangre que vinculo a las personas que o bien descienden unas de otras de forma directa (abuelos, padres, nietos, etc.) o bien tienen un antepasado común (hermanos, primeros hermanos, etc.).

  5. El parentesco civil es el vínculo familiar que se crea por actos legales, como la adopción, y no por sangre biológica. Conoce su historia, sus implicaciones legales y sociales, y algunos ejemplos de casos de parentesco civil.

  6. El parentesco es la unión o lazo entre dos o más personas de la misma familia, ya sea por consanguinidad o por afinidad. El parentesco está compuesto de relaciones que pueden originarse o no por factores biológicos, y está organizado en líneas de grados que permiten reconocer dicha relación.

  7. 4 de jun. de 2021 · El parentesco es aquella relación existente entre los miembros de una familia en razón de la consanguinidad, de la afinidad (matrimonio) y de la adopción (civil). Teniendo efectos más intensos los vínculos consanguíneos que aquellos por afinidad.

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