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  1. 1. m. Sentencia de un juez o de un tribunal, y en ella, especialmente, el pronunciamiento decisivo o imperativo. Sin.: sentencia, veredicto, dictamen, resolución, decisión. 2. m. Decisión tomada por persona competente sobre cualquier asunto dudoso o disputado. echar el fallo.

  2. Una situación de insolvencia, una quiebra o bancarrota y un incumplimiento que deriva en un default o impago modifican negativamente una realidad y pueden provocar desde reclamos hasta presentaciones legales que culminan con un fallo judicial.

  3. El fallo es la parte dispositiva y resolutiva de la sentencia que se dicta al término de un proceso judicial. Contiene el pronunciamiento del juez o tribunal sobre la controversia planteada. En otras palabras, se trata de la decisión final y vinculante respecto a un caso específico.

  4. fallo 1. m. Sentencia de un juez, árbitro o jurado: el condenado se mostró en desacuerdo con el fallo del juez.

  5. 1. s. m. Determinación o decisión que toma una persona competente sobre un asunto discutido o dudoso. 2. Decisión del jurado que ha de conceder un premio mostraron su desacuerdo con el fallo del jurado. resolución. 3.

  6. La definición de fallo en el diccionario castellano es sentencia de un juez o de un tribunal, y en ella, especialmente, el pronunciamiento decisivo o imperativo. Otro significado de fallo en el diccionario es también decisión tomada por persona competente sobre cualquier asunto dudoso o disputado. PALABRAS QUE RIMAN CON FALLO. agallo. a· ga ·llo.

  7. El término «fallo» se refiere a la decisión final emitida por un juez o tribunal en un caso legal. Es el resultado de un proceso judicial en el que se determina la culpabilidad o inocencia de una persona, así como las consecuencias legales que se le imponen.

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