Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. art 542 lec. El artículo 542 de la Ley de Enjuiciamiento Civil hace referencia a la ejecución frente al deudor solidario. Ley de Enjuiciamiento Civil. Libro III. De la ejecución forzosa y de las medidas cautelares. Título III: De la ejecución: disposiciones generales. Capítulo I: De las partes de la ejecución. Artículo 538; Artículo ...

  2. Cuando en el título ejecutivo aparezcan varios deudores solidarios, podrá pedirse que se despache ejecución, por el importe total de la deuda, más intereses y costas, frente a uno o algunos de esos deudores o frente a todos ellos. art 542 lec.

  3. [Bloque 2: #preambulo] JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA. A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la sigu

  4. Artículo 542 Ejecución frente al deudor solidario 1. Las sentencias, laudos y otros títulos ejecutivos judiciales obtenidos sólo frente a uno o varios deudores solidarios no servirán de título ejecutivo frente a los deudores solidarios que no hubiesen sido parte en el proceso.

  5. Cuando en el título ejecutivo aparezcan varios deudores solidarios, podrá pedirse que se despache ejecución, por el importe total de la deuda, más intereses y costas, frente a uno o algunos de esos deudores o frente a todos ellos.art 542 lec ¿Qué nos indica el Artículo 542 de la Ley de Enjuiciamiento Civil?

  6. 30 de oct. de 2013 · De acuerdo con el Artículo 542.1 de la LEC sobre ejecución frente al deudor solidario: «Las sentencias, laudos y otros títulos ejecutivos judiciales obtenidos sólo frente a uno o varios deudores solidarios no servirán de título ejecutivo frente a los deudores solidarios que no hubiesen sido parte en el proceso.».

  7. 13 de ene. de 2021 · Art.542 LECArtículo 542 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española. 1. Las sentencias, laudos y otros títulos ejecutivos judiciales obtenidos sólo frente a uno. o varios deudores solidarios no servirán de título ejecutivo frente a los deudores solidarios. que no hubiesen sido parte en el proceso.