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  1. 24 de nov. de 2016 · De manera que el cómplice es un auxiliar del autor, que contribuye a la producción del fenómeno delictivo a través del empleo anterior o simultáneo de medios conducentes a la realización del proyecto que a ambos les anima, participando del común propósito mediante su colaboración voluntaria concretada en actos secundarios, no necesarios para el ...

  2. En esta sentencia, el Tribunal español hace una clara diferenciación entre los títulos de coautor y cómplice en el delito de administración desleal. No obstante, la cuestión no deja de ser problemática, en tanto sigue siendo difusa la línea entre el dominio del hecho y el aporte necesario.

  3. [R.N. N.° 1302-2014, Lima Sur] La Corte Suprema se ha pronunciado sobre la diferencia de la coautoría respecto de la complicidad en el marco de la determinación del grado de intervención delictiva del imputado.

  4. La Corte Suprema de Justicia explicó que respecto al concurso de personas en la comisión delictiva se ha precisado que existen diferencias entre la coautoría y la complicidad. Manifestó que la primera se divide en propia e impropia.

  5. 4 de nov. de 2015 · El Auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 20 de octubre de 2015 nos enseña que “la complicidad se distingue de la coautoría en la carencia del dominio funcional del acto y de la cooperación necesaria en el carácter secundario de la intervención, sin la cual la acción delictiva podría igualmente haberse realizado, por no ser su aport...

  6. La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 566-2020/Loreto, ha señalado que la circunstancia agravante pluralidad de agentes alude exclusivamente a un nivel de coautoría o autoría funcional en el que se integran, cuando menos, tres personas con condominio del hecho.

  7. 23 de mar. de 2021 · En Lima, a los 10 días del mes de diciembre de 2020, el Pleno del Tribunal Constitucional, integrado por los magistrados Ledesma Narváez, Ferrero Costa, Miranda Canales, Ramos Núñez, Sardón de Taboada y Espinosa Saldaña Barrera, pronuncia la siguiente sentencia.