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  1. Si tu cónyuge o conviviente de unión de hecho ha fallecido y era pensionista o afiliado al D. L. N° 19990, tú puedes recibir una pensión de viudez si eres cónyuge acreditada con la partida de matrimonio civil o conviviente de unión de hecho con 2 años de convivencia,...

  2. 26 de may. de 2024 · Los pagos al grupo de reintegro 2 comenzarán en julio, incluyendo a herederos de fonavistas fallecidos. Te detallamos qué documentos se necesitan para solicitar la entrega del dinero.

  3. Ingresa a la mesa de partes virtual de la Dirección Regional de Agricultura de Piura, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m., y envía los documentos señalados en requisitos. Toma en cuenta que debes subir un solo archivo en formato PDF, de máximo 50 MB.

  4. Para acreditar los vínculos de viuda, conviviente, hijo, hermano, padre o madre, debe presentar lo señalado en el punto 1 y 7. Y, además, en el caso de hijo con discapacidad total permanente se debe adicionar lo solicitado en el punto 4.

  5. 14 de sept. de 2020 · - Ingresar tus datos en el formulario para solicitar una cita virtual. - Un asesor te contactará, a través de una llamada o correo electrónico, para orientarte sobre la presentación de tu...

  6. En el caso de ser conviviente, debes presentar un documento que contenga la declaración judicial o notarial de la unión de hecho, realizada previamente al fallecimiento. Copia simple del certificado médico emitido por el Ministerio de Salud, EsSalud o una EPS, si eres una viuda que está embarazada.

  7. 30 de abr. de 2024 · Para ello, se deberá redactar una declaración jurada, en la que se indique que la persona se presenta como deudo del fonavista fallecido y que no conoce a otros familiares o terceros de mayor o...