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  1. 20 de mar. de 2023 · Artículo 152.-. Secuestro*. Será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de veinte ni mayor de treinta años el que, sin derecho, motivo ni facultad justificada, priva a otro de su libertad personal, cualquiera sea el móvil, el propósito, la modalidad o circunstancia o tiempo que el agraviado sufra la privación o restricción ...

  2. El artículo 152 del Código Penal del Perú define y sanciona el delito de secuestro, que consiste en privar a otro de su libertad personal sin derecho ni motivo. El artículo establece las distintas penas según las circunstancias agravantes o atenuantes del delito.

  3. 26 de mar. de 2020 · El delito de secuestro se configura cuando el agente priva a una persona, sin derecho, de la facultad de movilizarse de un lugar a otro, con independencia de que se le deje cierto espacio físico para su desplazamiento y cuyos límites la víctima no puede traspasar; desde este punto de vista, lo importante no es la capacidad física ...

  4. 6 de oct. de 2020 · Actualmente, el tipo base y las agravantes del secuestro se encuentran reguladas en el título capítulo 1 del título IV del Código Penal, que desarrolla los delitos contra la libertad. Su última modificación se realizó el año 2016. El texto vigente del tipo penal es: Artículo 152.- Secuestro

  5. Artículo 152º del Código Penal. Secuestro. Será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de veinte ni mayor de treinta años el que, sin derecho, motivo ni facultad justificada, priva a otro de su libertad personal, cualquiera sea el móvil, el propósito, la modalidad circunstancia o tiempo que el agraviado sufra la privación ...

  6. 2 de abr. de 2020 · La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema explicó qué es lo que determina la privación ilícita de la libertad personal, el elemento típico del delito de secuestro (artículo 152 del CP). También analizó la evidencia para acreditar la responsabilidad de los procesados en un caso de conflicto de linderos.

  7. El delito de secuestro, referido a la privacion de libertad de una persona, de manera injustificada o sin ningun motivo legal, es penado hasta con cadena perpetua, sancion que podria recibir tanto el autor/a como los complices o informantes, en la comision del mismo.

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