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El presente reglamento regula la aplicación general de lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, conforme lo establecido en el literal a) de la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley.
REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY No 30057 LEY DEL SERVICIO CIVIL. TÍTULO VI: RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 90.- Ámbito de Aplicación. Las disposiciones de este Título se aplican a los siguientes servidores civiles:
Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y la prestación de servicios a cargo de estas;
Finalidad de la Ley La finalidad de la presente Ley es que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran. Artículo III. Principios de la Ley del Servicio Civil
Esta ley regula el funcionamiento del Servicio Civil en las entidades públicas del Estado peruano, con el objetivo de mejorar su eficacia, eficiencia y calidad. Consulta el texto completo, la fecha de publicación y los documentos relacionados en el sitio web del Congreso de la República.
Aprueban Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil DECRETO SUPREMO Nº 040-2014-PCM (*) De conformidad con el Acuerdo 1 de la Resolución N° 001-2016-SERVIR-TSC, publicada el 27 noviembre 2016 , se establecen como precedentes administrativos de observancia