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  1. El Registro Único de Víctimas (RUV) es un instrumento público de carácter nacional, inclusivo y permanente, al que pueden solicitar su inscripción todas las personas y comunidades afectadas durante el proceso de violencia ocurrida en el Perú entre mayo de 1980 y noviembre de 2000.

  2. El mandato del Consejo de Reparaciones es elaborar el Registro Único de Víctimas, RUV, instrumento que será utilizado por las instituciones del Estado encargadas de implementar el Plan Integral de Reparaciones.

  3. El Registro Único de Víctimas se compone de: Libro 1 (de víctimas individuales) Libro 2 (de beneficiarios colectivos) PROCESO DE INSCRIPCIÓN - Base de datos de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. - Registro de ausencia por desaparición forzada de la Defensoría del Pueblo. - Registro nacional para las personas desplazadas ...

  4. 3.1 El Registro Único de Víctimas de la Violencia, cuyo carácter es público, nacional, inclusivo y permanente, tiene por finalidad única reconocer la condición de víctima o de beneficiario individual o colectivo a todas las personas o comunidades que se han visto afectadas durante el proceso de violencia, y servir de instrumento de la ...

  5. 10 de jul. de 2017 · PROGRAMAS. Registro y Gestión de la Información. Gestión Social y Humanitaria. Cooperación Internacional y Alianzas Estratégicas.

  6. El Registro Único de Víctimas (RUV) es un instrumento público de carácter nacional, inclusivo y... Leer más. Postular a Beca Técnico Productiva - Repared. Si deseas seguir estudios técnicos de 6 meses de duración, eres mayor de edad y estás inscrito... Leer más. Ir al servicio. Programa de Reparaciones en Educación.

  7. La ley 28592 establece que el proceso de reparaciones consta de dos pasos distintos a cargo de dos entidades diferentes, ambas en la PCM. El primer paso es la elaboración del Registro Único de Víctimas (RUV) a cargo del Consejo de Reparaciones.