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Institución. La Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, es una institución de derecho público interno, representativa de la profesión de abogado a nivel nacional, constituida por el Decreto Ley Nº 25982 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-93-JUS y se rige por el Código Civil, el presente estatuto y sus reglamentos.
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Institución. La Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, es una institución de derecho público interno, representativa de la profesión de abogado a nivel nacional, constituida por el Decreto Ley Nº 25982 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-93-JUS y se rige por el Código Civil, el presente estatuto y sus reglamentos.
Que, son miembros de la Junta de Decanos, los Decanos en ejercicio cuyos Colegios se hayan constituido de acuerdo a Ley y sus estatutos. Que, el artículo 20° del Estatuto establece que: son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria (…) b. aprobar la modificación del estatuto y reglamentos, entre otras funciones asignadas.
JUNTA NACIONAL DE DECANOS DE COLEGIOS DE ABOGADOS DEL PERÚ . Presidente: Yvo Erick Ernesto Hora Ordinola E-mail: mesadepartes@call.org.pe Sitio web: www.judecap.org.pe
SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Directiva N°001-2021-CD-JUDECAP, que establece lineamientos y criterios generales para las elecciones con voto electrónico no presencial (VENP) en los Colegios de Abogados del Perú, en el contexto de la emergencia sanitaria y las medidas de aislamiento social obligatorio dictadas por el gobierno.
LA JUDECAP es una institución de derecho público interno, representativa de la profesión de abogado a nivel nacional, constituida por el Decreto Ley Nº 25982 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-93-JUS y se rige por el código civil, su estatuto y su reglamento.