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  1. El principio del devengado tributario implica los ingresos y los gastos se deben reconocer cuando se han producido los hechos sustanciales para su generación. En caso el derecho a obtener el ingreso esté sujeto a una condición suspensiva, el ingreso o el gasto se devengará cuando se cumpla dicha condición.

  2. 25 de sept. de 2018 · El devengado tributario a partir del 1 de enero de 2019 permitirá tener un panorama claro de su aplicación por las empresas y los órganos resolutores al momento de analizar sus alcances partiendo de la definición prevista en el artículo 57° de la Ley del Impuesto a la Renta.

  3. 27 de sept. de 2019 · En ese sentido, dejando de lado la oposición entre la norma tributaria prevista en la NIIF 15 y lo dispuesto en el artículo 57° de la Ley del Impuesto a la Renta, que lleva como resultado la prevalencia del devengo tributario, a continuación pasamos a detallar algunos aspectos a considerar en el tratamiento del devengado ...

  4. 28 de dic. de 2022 · ¿Qué es el devengo tributario? Es un criterio de imputación temporal en el que los ingresos y los gastos se deben de registrar en el ejercicio en el que realmente se ocurren, independientemente de cuál sea la fecha en la que se realice el cobro o el pago. Para reconocer un ingreso o gasto, se […]

  5. 11 de ago. de 2020 · El principio del devengado contenido en el artículo 57° de la Ley del Impuesto a la Renta, también conocido como el devengado jurídico, establece que los ingresos y los gastos se deben reconocer cuando se produce el hecho sustancial para su generación, esto es, cuando se produce el hecho económico que genera el derecho al cobro ...

  6. 7 de ago. de 2020 · El principio del devengado contenido en el artículo 57° de la Ley del Impuesto a la Renta, también conocido como el devengado jurídico, establece que los ingresos y los gastos se deben reconocer cuando se produce el hecho sustancial para su generación, esto es, cuando se produce el hecho económico que genera el derecho al cobro ...

  7. Resumen: El Impuesto a la Renta en Perú reconoce las rentas de tercera categoría (rentas empresariales y los gastos) en base al devengado; sin embargo, la legislación tributaria no ha definido lo que debe entenderse por este principio.

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