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  1. 4 de feb. de 2022 · La resolución de autorización (en adelante, la resolución) deberá contener: 1) el nombre del fiscal autorizado, 2) la finalidad específica del allanamiento, 3) la designación precisa del inmueble que será allanado y registrado, 4) el tiempo máximo de duración de la diligencia, 5) el apercibimiento de ley para el caso de resistencia al mandado y,...

  2. Artículo 160 del Código Penal. Características del allanamiento de morada. El delito de allanamiento de morada presenta las siguientes características: Ingreso: la entrada de una persona a un sitio habitado sin autorización se considera un aspecto elemental en el allanamiento de morada.

  3. 13 de sept. de 2019 · Asimismo, la Suprema detalló que el numeral 1 del artículo 214 del Código Procesal Penal establece que el allanamiento y registro domiciliario pueden realizarse sin previo mandato judicial en los casos de flagrante delito o inminente peligro de su perpetración.

  4. 24 de nov. de 2020 · La Constitución garantiza el derecho a la inviolabilidad de domicilio, por lo que nadie puede ingresar en él ni efectuar su registro sin la autorización, libre y expresa, de la persona que lo habita o sin el mandato judicial correspondiente, salvo flagrante delito o inminente peligro de su perpetración. II.

  5. ¿Qué es el allanamiento de morada? El delito de allanamiento de morada es la entrada o permanencia en morada ajena, en contra de la voluntad del morador (es decir, la persona que reside habitualmente en un inmueble). Es importante destacar que este delito puede cometerse: Por la entrada sin consentimiento en una morada ajena.

  6. 9 de oct. de 2023 · Está tipificado en el artículo 245.2 del Código Penal, y consiste en ocupar, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajeno que no constituyan morada, o mantenerse en ellos en contra de la voluntad de su titular. Estas conductas están sancionadas con una pena de multa de 3 a 6 meses.

  7. 11 de feb. de 2022 · El delito de allanamiento de morada consiste en la conducta de entrar y mantenerse en morada ajena sin autorización. Esta acción se realiza en el lugar de residencia de otra persona física o jurídica. Existen dos modalidades que se diferencian por el uso o no de intimidación o violencia.