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  1. 25 de abr. de 2018 · La sentencia dictada en el III Pleno Casatorio Civil se emitió el 18 de marzo de 2011. Intervinieron los jueces de las salas civiles permanentes y transitorias de la Corte Suprema, conforme al artículo 400 del Código Procesal Civil. Sumario. I. DEL PROCESO. Demanda. Contestación de la demanda por el Fiscal Provincial.

  2. 30 de dic. de 2023 · En la ciudad de Lima, Perú, a los dieciocho días del mes de marzo del dos mil once los señores Jueces Supremos, en el Pleno Casatorio, han expedido la siguiente sentencia, conforme a lo establecido por el artículo 400 del Código Procesal Civil.

  3. El III Pleno Casatorio Civil. Fort Ninamancco Córdova. ¿Cuál fue el caso resuelto por medio del III Pleno? El caso de Catalina y René. Los 200 mil soles que se “convirtieron” en 10 mil. ¿Cabe buscar o no culpables? ¿El monto establecido en el artículo 345-A es un monto que refleja responsabilidad civil?

  4. Es el demandante quien interpone recurso de casación por aplicación indebida del artículo 345 A del Código Civil y por contravención al artículo VII del Título Preliminar del Código Procesal Civil, considerando la Sala Suprema conceder el recurso de casación en el primer extremo.

  5. 27 de dic. de 2021 · En la ciudad de Lima, Perú, a los dieciocho dias del mes de marzo del dos mil once los señores Jueces Supremos, en Pleno Casatorio, han expedido la siguiente sentencia, conforme a lo establecido por el articulo 400 del Código Procesal Civil.

  6. 24 de may. de 2011 · III PLENO CASATORIO. Autor: Nelson Ramírez Jiménez. El pasado miércoles 15 de diciembre se celebró el tercer pleno casatorio que registra la historia judicial peruana.

  7. Se trata de un proceso de divorcio por la causal de separa-ción de hecho iniciado por el cónyuge, quien indica que con-trajo matrimonio con la cónyuge emplazada en diciembre de 1989, habiendo procreado cuatro hijos, señalando que esta-ba separado de hecho de la demandada desde el año 1997, y que se encontraba al día en las pensiones alimenticias...