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Si eres un trabajador independiente o en planilla (es decir generas renta de cuarta y/o quinta categoría ), y producto de la determinación anual del Impuesto a la Renta (IR) resulta un saldo a tu favor, puedes solicitar su devolución.
Si eres un trabajador que percibe rentas de trabajo (cuarta o quinta categoría) y la Sunat determina al final del año que tienes un saldo a tu favor (el impuesto retenido es mayor al que te corresponde pagar), la entidad tributaria te devolverá este monto sin necesidad de que realices algún trámite, a esto se le llama Devolución de oficio ...
Consulta de devolución de oficio - Rentas de Trabajo IDENTIFICACION DEL USUARIO Ingrese sus datos para consultar su devolución Registre su Código de ... Ingrese su código de seguridad (CAPTCHA) : Consultar. Datos del DNI. Azul Electrónico ...
Esta devolución iniciará el 12 de junio 2024, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 025-2019. El resultado de la devolución se notificará mediante correo electrónico o en el buzón electrónico de la SUNAT.
A. En el caso de las rentas de Primera y Segunda categoría Presentar, a través de SUNAT Virtual, el Formulario Virtual Nº 709, consignando la opción de devolución del Saldo a Favor en las casillas 159 o 360, según corresponda. Luego de enviar la declaración, ingresar al enlace que aparece en la Constancia de Presentación y Pago ...
Una vez que la Sunat aprueba el monto que te corresponde, te hará la devolución por cualquiera de estos medios: Abono en cuenta: la devolución se transfiere a tu cuenta de ahorros, siempre que la Sunat cuente con la información de tu número de cuenta o código de cuenta interbancaria (CCI).
Los ingresos obtenidos por la prestación de servicios considerados como Renta de Cuarta Categoría, efectuados para un contratante con el cual se mantenga simultáneamente una relación laboral de dependencia; es decir, cuando reciba adicionalmente Rentas de Quinta Categoría del mismo empleador.