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  1. 7 de feb. de 2017 · La posesión es un atributo del derecho de propiedad presente en otros derechos reales tales como la propiedad, garantía mobiliaria, anticresis, usufructo, prescripción adquisitiva, etc. Es por ello que sostenemos que la posesión es una expresión del derecho de propiedad y de los derechos reales.

  2. En este apartado analizaremos las teorías de la posesión relativas al concepto y a la naturaleza jurídica. No obstante, un análisis más amplio y detallado so-bre el derecho civil mexicano será publicado a la terminación del proyecto y en mi libro La posesión. Origen y desarrollo en el derecho romano, que está en proceso de corrección.

  3. Posesión. [DCiv] Poder de una persona sobre una cosa o cosas. La posesión requiere dos elementos: el corpus, o exte- riorización de dicho poder sobre la cosa, aunque no consista en su efectiva tenencia física, y el animus, o intención de poseer la cosa.

  4. 19 de mar. de 2020 · Según el Código Civil, existe posesión inmediata y mediata; posesión ilegítima de buena fe y ilegítima de mala fe; posesión precaria.

  5. La posesión es el poder efectivo sobre una cosa por parte de una persona, sin saber si es el verdadero titular de esa cosa. Es decir, la posesión es la tenencia de una cosa, es un fenómeno jurídico que es un hecho, o se tiene o no se tiene la posesión de algo.

  6. 27 de mar. de 2024 · La posesión es el acto de tener un bien o una cosa. Esta persona puede usar, disfrutar, disponer el bien o cosa, sin que necesariamente sea el propietario. Para bienes inmuebles (terrenos y casas), un contrato que se relaciona mucho con la posesión es el contrato de alquiler o arrendamiento.

  7. 19 de oct. de 2021 · Esto conduce a distinguir dos tipos de posesión jurídica, según el tipo de animus possessionis. La posesión originaria y la derivada. La originaria es la detentación del bien con ánimo de señor o dueño. La posesión derivada es la tenencia de un bien con ánimo de ejercer la posesión jurídica.