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  1. El artículo 42 del Código Tributario regula la consolidación como medio de extinción de la deuda tributaria, cuando, en cabeza del acreedor, se reúna la condición de acreedor y deudor de la misma obligación “como consecuencia de la trasmisión de bienes o derechos que son objeto del tributo”.

  2. 17 de sept. de 2017 · La obligación se extingue por confusión cuando las calidades de acreedor y deudor se reúnen en una misma persona. La obligación renace si la confusión cesa. Artículo 2207.-. La confusión que se verifica en la persona del acreedor o deudor solidario, sólo produce sus efectos en la parte proporcional de su crédito o deuda.

  3. La extinción de la deuda tributaria. De acuerdo con lo establecido por el artículo 59 de la LGT, las deudas tributarias podrán extinguirse de las siguientes formas: mediante el pago, por prescripción, por compensación y por condonación. 8.1. El pago. Nos encontramos con el modo más lógico de extinción de la deuda tributaria.

  4. 4.- Otras formas de extinción. 5.- Garantías de la deuda tributaria. Medidas cautelares o de aseguramiento. ***** 1.- Introducción. La extinción de la deuda tributaria. De la extinción de la deuda tributaria se ocupa la LGT en los arts. 59 a 82. El art. 59 en concreto establece que las deudas tributarias pueden extinguirse por pago,

  5. 18 de feb. de 2021 · Formas de extinción de la obligación tributaria. Código Tributario boliviano establece las formas de la extinción de impuestos y su aplicación. En particular en el Artículo 51 define que son extintas las obligaciones tributarias cuando incurran las siguientes causales: Pago de la obligación. Compensación. Confusión. Prescripción.

  6. de extinción de la deuda tributaria, de esta forma se tiene que un tema sustan-cial, como es la extinción, se encuentra ubicado geográf‌icamente en el ámbito . procedimental, de lo cual se derivan múltiples problemas de interpretación y . aplicación que serán objeto de estudio.

  7. El pago de la deuda tributaria como medio de extinción de la obligación tributaria Carmen del Pilar Robles Moreno Profesora de Derecho Tnbutario de la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos St:MARIO: l.lntroducción.ll. El pago. l. Concepto. 2. Quién debe efectuar el pago. 3.

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