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  1. Según el artículo 23 del reglamento del impuesto a la renta indica que la inversión en bienes de uso que no superen ¼ de la UIT a opción del contribuyente podrá considerarse como gasto en el ejercicio. ¿Cuánto es 1/4 de UIT 2024? La UIT para el ejercicio fiscal 2024 equivale a S/ 5,150 soles, por lo tanto, ¼ de la UIT es igual a S/ 1,287.50 soles.

  2. 1/ Para el Ejercicio Gravable de 1992, se establece la Unidad de Referencia Tributaria (URT), como índice de referencia en normas tributarias. Dejan en suspenso la aplicación de la UIT. 2/ A partir del ejercicio gravable de 1993 se sustituyen en las normas tributarias la mención de URT por UIT.

  3. 13 de abr. de 2024 · Ahora que el Congreso de la República aprobó el séptimo retiro de los aportes a las AFP de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (), surge la duda sobre cuánto equivale 1 UIT.Pues bien ...

  4. En cuánto esta la unidad tributaria este año en Venezuela. La Unidad Tributaria en Venezuela es actualizada todos los años, con la intención de mantener actualizada y vigente los reglamentos tributarios para el pago de trámites públicos, multas, etc.. Por esta razón, a continuación, te indicaremos qué es la UT, cómo se calcula, para qué sirve, cuál es el monto de la unidad ...

  5. Mediante Decreto Supremo N° 392-2020-EF, de fecha 15 de diciembre de 2020, se decreta aprobación de la UIT para el año 2021. El valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de Cuatro Mil Cuatrocientos y 00/100 Soles (S/ 4 400,00).

  6. 30 de dic. de 2021 · El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) elevó el valor de la unidad impositiva tributaria (UIT) para el año 2022 hasta S/ 4,600.

  7. derecho.unap.edu.pe › 2021/12/30 › decreto-supremo-no-398-2021-ef-valor-de-laDECRETO SUPREMO Nº 398-2021-EF - UNAP

    30 de dic. de 2021 · Artículo 1. Aprobación de la UIT para el año 2022. Durante el año 2022, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de Cuatro Mil Seiscientos y 00/100 Soles (S/ 4 600,00). Artículo 2. Refrendo. El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

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