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  1. Como comentábamos al principio, la duda razonable está altamente relacionada con la presunción de inocencia, la cual establece que “nadie es culpable, hasta que ello resulte demostrado, sino que se presume la inocencia”. Por ese motivo, en caso de que las pruebas presentadas contra alguien se consideren insuficientes, éste continuará ...

  2. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES. FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS. La duda razonable y su incidencia en valoración aduanera de alimento balanceado declarado por empresas importadoras de Tumbes, Perú, 2021. LINEA DE INVESTIGACIÓN. Políticas y gestión pública y privada. TESIS.

  3. 8 de ago. de 2021 · En estos casos, ocurre que en durante el despacho de importación, la Aduana cuestiona el valor declarado de una mercancía por advertir que existen precios mayores de mercancías idénticas o similares a la declarada, dando inicio al procedimiento de duda razonable. En dicho procedimiento, la Aduana requiere al importador sustentar dicho valor ...

  4. 10 de nov. de 2018 · Para el inicio del procedimiento de duda razonable es suficiente que el importador cuestione el valor declarado, no estableciéndose en las normas (Decisión 6.1, Decisión 571, Acuerdo de Valor de la Organización Mundial del Comercio) que aquel procedimiento solamente se pueda establecer cuando la administración aduanera tenga motivos para dudar de lo declarado; por ello, ante una solicitud ...

  5. www.comunidadandina.org › DocOficialesFiles › DictamenesDICTAMEN Nº 01-2013

    Por último, a pesar de que no ha sido objeto del Reclamo, es de destacar que la información suministrada por el País Miembro reclamado permite concluir, según lo indicado en los puntos (1), (2) y (3) de la Notificación N° 118-3D1310-2012-006019-SUNAT de fecha 10 de julio de 2012, que el Estado peruano no sólo cumplió con señalar como fundamento de la Duda Razonable la omisión ...

  6. DUDA RAZONABLE. De la evaluación efectuada respecto de: (1) los documentos presentados con la declaración de importación, (2) los expedientes N° 118-0114-2008-018155-5, 118-0114-2008-023615-7, 118-0114-2008-025114-9, (3) los indicadores de precios con los que cuenta la Administración para la verificación del valor declarado y en ...

  7. c.3) Si el importador decide voluntariamente no sustentar el valor declarado ni desvirtuar la duda razonable de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 11° del Reglamento del Acuerdo, modificado por el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 009-2004-EF, presenta una autoliquidación de adeudos por la diferencia existente entre los tributos cancelados y los que podrían gravar la ...